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¡ATENCIÓN DOCENTE¡ Mañana lunes 10 de Enero, podrá seleccionar su UGEL para ingresar al Ranking de Contrato Docente 2022 [Conócelo aquí]

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OBJETIVO

Establecer los criterios técnicos, procedimientos y cronograma excepcional para la determinación de los nuevos cuadros de mérito a partir de la Prueba Única Nacional correspondiente al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2019 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2020-2021 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, para la contratación docente 2022.

DETERMINACIÓN DE CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE 

5.3.1.1 El profesor habilitado desde el aplicativo dispuesto en el portal institucional del Minedu y dentro del plazo establecido en el cronograma, selecciona en una única región, la DRE o UGEL de su preferencia, con plazas vacantes en el grupo de inscripción en el que se inscribió cuando postuló al Concurso de Nombramiento 2019. Para acceder al aplicativo el profesor habilitado deberá utilizar el usuario y contraseña empleado en el último concurso que haya participado.

5.3.1.2 El profesor habilitado es responsable de realizar oportuna y correctamente la selección de la UGEL o DRE a la que postula, según corresponda. El incumplimiento de esta actividad, conlleva a su retiro de los cuadros de mérito para la contratación docente 2022.

5.3.1.3 El Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma, publica la relación de profesores habilitados por DRE o UGEL, según corresponda.

5.3.2 Publicación de los cuadros de mérito

5.3.2.1 Para la determinación de los cuadros de mérito solo se considera como Puntaje Total el puntaje de la PUN del Concurso de Nombramiento 2019 (suma del puntaje de las 3 subpruebas).

5.3.2.2 Para recibir la bonificación por discapacidad (15% sobre el Puntaje Total obtenido), el profesor habilitado debe presentar ante la DRE o UGEL, según corresponda, dentro del plazo establecido en el cronograma, copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud- IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). La DRE o UGEL, según corresponda, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe revisar la documentación entregada por los profesores habilitados e ingresarla al aplicativo dispuesto por el Minedu, bajo responsabilidad.

5.3.2.3 Para recibir la bonificación por ser personal licenciado de las Fuerzas Armadas (10% sobre el Puntaje Total), el profesor habilitado debe presentar ante la DRE o UGEL, según corresponda, dentro del plazo establecido en el cronograma, copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas. La DRE o UGEL, según corresponda, dentro del plazo establecido en el cronograma, debe revisar la documentación entregada por los profesores habilitados e ingresarla al aplicativo dispuesto por el Minedu, bajo responsabilidad.

5.3.2.4 Los cuadros de mérito son establecidos por la DRE o UGEL, , según corresponda, de acuerdo al grupo de inscripción seleccionado por el profesor teniendo en cuenta su Puntaje Total con las bonificaciones de Ley correspondientes (Puntaje Final), los que serán publicados por el Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma.

5.3.2.5 En el supuesto que dos (2) o más profesores empaten, el orden de mérito se establece considerando los siguientes criterios en orden de prelación:

     a) Aprobación de la Observación de Aula de la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento 2019.
     b) Mayor puntaje en la Subprueba de Conocimientos Pedagógicos de la Especialidad.
     c) Mayor puntaje en la Subprueba de Comprensión Lectora.

En caso de persistir el empate luego de haber aplicado los criterios de prelación detallados, los profesores empatados tendrán el mismo orden de mérito en los cuadros de mérito para la contratación docente 2022.

5.3.2.6 Los nuevos cuadros de méritos que resulten del presente procedimiento, tienen vigencia para el proceso de contratación docente del 2022.

 

6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 

 

VER NORMATIVA R.V.M. Nº 004-2022-MINEDU 

 

 

Fuente: MINEDU