IMPORTANTE: Gobierno reitera Compromiso del Pago de Escolaridad de S/400 a Docentes Contratados a partir de Febrero de 2022 [Conócelo aquí]
IMPORTANTE: Gobierno reitera Compromiso del Pago de Escolaridad de S/400 a Docentes Contratados a partir de Febrero de 2022 [Conócelo aquí]
Estimados docentes y amigos visitantes en general, en esta oportunidad les informaos que el Gobierno reafirma su compromiso del pago de escolaridad de s/.400 a todos los docentes contratados a partir de este mes de febrero.
En tal sentido para mayor información les compartimos el decreto supremo sobre la bonificación de escolaridad para docentes contratados 2021. Mencionamos que esta pagina de Planificación Curricular se dedica a la elaboración y recopilación de información sobre recursos de materiales educativos adicional a eso mencionarles que esta pagina se encarga de compartir imágenes, vídeos, enlaces e información confiable. Tratamos en lo posible de publicar solo material eficiente que ayude al desarrollo del alumno, maestro y publico en general. Mencionarles que los materiales pertenecen a sus respectivo autores, Créditos en los archivos correspondientes.
“Artículo 2. Derechos y beneficios
2.1. El profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente, perciben los siguientes conceptos:
a) Una remuneración mensual, equivalente a lo que percibe un profesor nombrado en la primera escala magisterial.
b) Bonificaciones por condiciones especiales de servicio: De acuerdo a la ubicación de la institución educativa: ámbito rural y zona de frontera, De acuerdo a la característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe.
c) Asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).
d) Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad.
e) Vacaciones truncas.
f) Subsidio por luto y sepelio. Se otorga al profesor contratado que se encuentre prestando servicio efectivo al fallecimiento de su cónyuge o conviviente, reconocido judicialmente, padres o hijos. Corresponde también su otorgamiento al cónyuge o conviviente, reconocido legalmente, hijos, padres o hermanos, en ese orden de prelación y en forma excluyente, al fallecimiento del profesor contratado que se encuentre prestando servicio efectivo.
g) Bonificación por escolaridad.
h) Compensación por tiempo de servicios al finalizar el año fiscal a razón del 14% de la remuneración mensual vigente al momento de la culminación de su contrato, por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios continuos.