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IMPORTANTE: Modifican el Documento Normativo del Concurso de Nombramiento Docente 2021 [RVM. Nº311-2021-MINEDU]

IMPORTANTE: Modifican el Documento Normativo del Concurso de Nombramiento Docente 2021 [RVM. Nº311-2021-MINEDU]

El Ministerio de Educación (Minedu) informa que, a través de la RVM N.°311-2021-MINEDU, se han publicado modificaciones e incorporaciones al Documento Normativo del Concurso de Nombramiento 2021.

Esto se realiza con la finalidad de atender la ampliación de oferta y cobertura de plazas a partir de la mejora del proceso de selección y asignación de Instituciones Educativas (II.EE.), brindando mayores oportunidades a los postulantes que aprobaron la Prueba Única Nacional para continuar en el concurso.

Una de las principales modificaciones e incorporaciones realizadas se encuentra en la segunda selección de II.EE., donde los postulantes sin institución educativa (IE) asignada y/o con 1 o 2 II.EE. asignadas deben elegir en este segundo momento de selección, por lo menos 20 II.EE. con plazas vacantes o la oferta máxima disponible para su región y grupo de inscripción. Cabe destacar que, solo los postulantes sin IE asignada pueden elegir una región distinta a la seleccionada inicialmente.

Dicha selección, se debe realizar dentro del plazo establecido en el cronograma. En caso el postulante no realice la segunda selección, o quede asignado en menos de 3 II.EE. el Minedu realizará la asignación de II.EE. con plazas disponibles para su grupo de inscripción. Para esta asignación el Minedu tomará en cuenta el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional y luego aplicará en orden de prelación los siguientes criterios:

  • Región elegida en la primera selección de II.EE.
  • Región elegida en la segunda selección de II.EE.
  • Región de sede donde rindió la Prueba Única Nacional
  • Lugar de residencia (para lo cual el postulante deberá registrar en el aplicativo, durante la actividad de selección de II.EE., su lugar de residencia actual).

Asimismo, el Minedu establece los criterios que serán aplicados en caso de empate o cuando habiendo aplicado los criterios indicados, el postulante no logre calificar para ninguna IE.

Por otro lado, entre los requisitos generales que se le solicita a los postulantes, se añade que estos no deben estar en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (Redereci), lo cual se agrega a lo ya dispuesto en el documento normativo aprobado con la RVM N.°291-2020-MINEDU.

Más información sobre las modificaciones e incorporaciones realizadas en el anexo de la RVM N.°311-2021-MINEDU. El Minedu atenderá las consultas de los postulantes a través de la línea telefónica (01) 615-5887, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

 

RVM. Nº 311-2021-MINEDU – VER DOCUMENTO AQUÍ 

 

Fuente: EVALUACIÓNDOCENTE.PERÚEDUCA